miércoles, 18 de septiembre de 2013

¿Cuanto se devaluará mi pensión con la reforma?

El sistema de pensiones está en proceso de modificación por el Gobierno. El diario "El País" ofrece un simulador de cómo pudiera quedar tu pensión según la propuesta del Partido Popular.

Accede a través del siguiente enlace: aquí

sábado, 7 de septiembre de 2013

Horarios de los locales

El Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, ha modificado el horario de los establecimientos en los que se realizan actividades recreativas y de espectáculo, quedando los mismos de la siguiente manera:

- Actividades musicales: 

a) Café teatro y café concierto, establecimiento turístico de restauración que desarrolle actividad musical y karaoke: apertura a las 18:00 horas y cierre a las 3:30 horas.
b) Sala de conciertos: apertura a las 17:00 horas y cierre a las 5:00 horas.
c) Discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo: apertura a las 18:00 horas y cierre a las 6:00 horas.
d) Discotecas de juventud: apertura a las 17:00 horas y cierre a las 22:00 horas.
e) Salas de fiestas con espectáculos y conciertos de infancia y juventud: apertura a las 11:00 horas y cierre a las 19:00 horas.

- Actividades de restauración:

a) Establecimientos turísticos de restauración: apertura a las 6:00 horas y cierre a las 2:00 horas.
b) Salones de banquetes: apertura a las 6:00 horas y cierre a las 4:00 horas.

- Actividades de juegos y apuestas:

a) Salones recreativos: apertura a las 9:00 horas y cierre a las 2:00 horas.
b) Salas de bingo: apertura a las 17:00 horas y cierre a las 4:00 horas.
c) Casinos de juego: apertura a las 18:00 horas y cierre a las 5:00 horas.

- Otras actividades:

Espectáculos cinematográficos, teatrales, de audición, musicales y de circo, así como cualesquiera otras actividades clasificadas de espectáculo: apertura a las 9:00 horas y cierre a la 1:00 hora.

Sin perjuicio de lo anterior, es necesario tener presente que las ordenanzas municipales podrán prever un horario más restrictivo en el caso de que las actividades se desarrollen en terrazas, jardines y demás espacios al aire libre.
Los núcleos turísticos tienen previsto un horario específico que podrá ser autorizado por el Cabildo Insular a petición del respectivo Ayuntamiento. Estas especialidades son las siguientes:

- Actividades musicales:

. Café teatro y café concierto y establecimiento turísticos de restauración en los que se desarrollen actividades musicales: apertura a las 18:00 horas y cierre a las 4:00 horas.
. Discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo: apertura a las 18:00 horas y cierre a las 6:30 horas.

- Actividades de restauración:

. Restaurantes y bares-cafeterías: apertura a las 6:00 horas y cierre a las 2:30 horas.




martes, 3 de septiembre de 2013

¿Por qué recurrir una sanción?

Cuando a una persona no experta en Derecho le llega una sanción administrativa, cualquiera que sea su origen (Urbanismo, seguridad vial, Tráfico, pesca, tenencia de estupefacientes en pequeñas dosis, contrabando de tabaco, "botellón", caza, reyertas, materia fiscal u otras) la primera reacción suele ser la sorpresa, para más tarde reflexionar sobre cómo hacerle frente a la misma.
 
Sin embargo, el pago inmediato de la multa no siempre es la solución más idónea.
 
Por ejemplo en materia de Tráfico, pese a que el abono en los primeros días supone la reducción en un 50% del importe de la sanción, esto a veces es contraproducente; las sanciones económicas habitualmente vienen acompañadas de retirada de puntos, si usted como interesado procede al pago inmediato de la multa, estará aceptando la comisión de la infracción, y por lo tanto perderá automáticamente los puntos de carnet que van aparejados.
 
En otras materias, como por ejemplo en las sanciones derivadas de “caza” o “pesca”, además de la penalización económica, estas multas suelen venir acompañadas de otras sanciones complementarias como son la pérdida temporal o definitiva de la licencia para practicar la actividad, o la obligatoria realización de cursos de concienciación. En consecuencia, el pago en los primeros días de la sanción económica, supone el reconocimiento de la infracción y la aceptación de las sanciones complementarias.
 
Así ocurre en gran variedad de sanciones de naturaleza administrativa, por lo que desde Morón & Sainz-Ezquerra abogados, en caso de recibir una sanción, le recomendamos ponerse en contacto con especialistas en materia de sanciones e infracciones administrativas. Estas personas serán quienes mejor le podrán aconsejar sobre la conveniencia o no de pagar su sanción desde el principio, o en su defecto, proceder a recurrirla.
 
Y es aquí donde surge la pregunta ¿por qué recurrir?
 
Son muchas las razones existentes para que Usted como interesado, recurra las multa que se le impone: la no responsabilidad de la infracción que se le atribuye, la existencia de circunstancias que limitan o pueden excluir su responsabilidad, la presencia de elementos que le excluyen de la obligación de hacer frente a las sanciones complementarias o subsidiarias, o incluso el hecho de no tener que pagar la multa de golpe y desde el principio, pudiendo mediante las alegaciones y recursos retardar (en meses, e incluso años) la ejecución de la sanción.
 
En nuestro despacho, contamos con especialistas en materia de derecho administrativo, por lo que si se encuentra con la desagradable sorpresa de recibir una multa, no dude en consultarnos; nuestros abogados le orientarán sobre las posibilidades existentes, y la conveniencia o no de recurrir. Además, si así lo desea, informándole previamente del coste del servicio (también puede consultarlo en nuestra web), redactaremos sus alegaciones y escritos ante las Administraciones Públicas.
 
 

miércoles, 28 de agosto de 2013

Información Pública del Plan Especial de El Toscal

Con fecha 26 de agosto de 2013, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 112, y en el Boletín Oficial de Canarias nº 163, la aprobación inicial del Plan Especial de Protección de El Toscal (Santa Cruz de Tenerife), contra el que se podrán presentar alegaciones en el plazo de dos meses.

El expediente se podrá consultar en la sede de la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife, sita en la Avenida Tres de Mayo, 40-4ª planta, de lunes a viernes (salvo festivos) y en horario de 9:00 a 13:00 horas.

Para mejor comprensión es necesario informar que los planes especiales de ordenación  desarrollan el Plan General de Ordenación en una zona determinada.

Si Usted desea presentar alegaciones al plan, o realizar cualquier consulta sobre el mismo, puede contactar con nosotros a través de:

- Pagina de inicio de nuestra web, opción “envíanos tu consulta”

- Correo electrónico info@moronsainz-ezquerraabogados.com. Le responderemos a su petición cuanto antes, proporcionándole la correspondiente cita. Para posibilitar nuestro contacto con Usted facilítenos un número de teléfono en el que podamos localizarlo.

- Teléfono: 618903619 (mañanas y tardes). En el caso de que nos llame y no consiga hablar con nosotros le devolveremos la llamada lo antes posible.

- Fax: 922286200


viernes, 23 de agosto de 2013

España y Reino Unido, polémica por Gibraltar. El Tratado de Utrecht

En las últimas semanas hemos asistido a un nuevo capítulo de las tensiones existentes entre España y Reino Unido por diferentes cuestiones que rodean al Peñón de Gibraltar.
 
Las disputas entre los dos países europeos no son nuevas, sin embargo, en los últimos años la polémica se había enfriado. Gran culpa de estas nuevas disyuntivas derivan del hecho de que España considera que Reino Unido está vulnerando el Tratado de Utrecht, un acuerdo que en principio otorgaba a los ingleses Gibraltar y Menorca, sin embargo esta última fue recuperada por España.
 
Para una mejor comprensión del problema les ofrecemos un enlace periodístico que resume la historia y bases del Tratado, y el desencanto actual de España . Acceda pulsando aquí
 
Por otro lado, no hay que olvidar que el Peñón de Gibraltar es uno de los lugares geográficamente más estratégicos del continente europeo, y la causa principal de las pasadas y presentes divergencias. Otros aspectos que también influyen en la polémica son el contrabando (tabaco, alcohol, etc) que afecta al Peñón como consecuencia del cambio de moneda, así como el preocupante y creciente fraude fiscal que se da en su territorio.
 
Todas estas cuestiones afectan de modo especial a España, de ahí las quejas que está formulando a la Unión Europea.
 
 
 

miércoles, 14 de agosto de 2013

Aprobado el Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos

Hoy día 14 de agosto de 2013, ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 156, el Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos, aprobado mediante Decreto 86/2013, de 1 de agosto, que desarrolla la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.

El Decreto deroga el Decreto 53/2012, de 7 de junio, integrando su contenido, y modifica el Decreto 52/2012, de 7 de junio, que desarrollaban la antedicha Ley 7/2011.

La norma, entre otros muchos aspectos, regula cuestiones tales como la seguridad privada con que deben contar determinados establecimientos, la proporción de aseos según el aforo, la necesidad de disponer en algunos casos de dispositivos de asistencia sanitaria, y los requisitos específicos aplicables a los establecimientos en los que se ejercen actividades de naturaleza sexual.

Acceda al Boletín Oficial de Canarias nº 156 haciendo clic aquí

domingo, 11 de agosto de 2013

Aprobado el Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife

Tras un dificultoso proceso, el Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife ha sido aprobado definitivamente por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

No obstante, esta aprobación es parcial, pues se ha suspendido la relativa a determinadas áreas del municipio, a falta de la subsanación de determinados aspectos.


El Plan General de Ordenación, entrará en vigor tras la publicación del acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de Canarias, y a los 15 días hábiles de la publicación de la normativa del plan en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.