Hoy día 14 de agosto de 2013, ha sido publicado en el Boletín Oficial
de Canarias nº 156, el Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos,
aprobado mediante Decreto 86/2013, de 1 de agosto, que desarrolla la Ley 7/2011, de 5 de
abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas
administrativas complementarias.
El Decreto deroga el
Decreto 53/2012, de 7 de junio, integrando su contenido, y modifica el Decreto
52/2012, de 7 de junio, que desarrollaban la antedicha Ley 7/2011.
La norma, entre
otros muchos aspectos, regula cuestiones tales como la seguridad privada con que deben
contar determinados establecimientos, la proporción de aseos según el aforo, la
necesidad de disponer en algunos casos de dispositivos de asistencia sanitaria, y los requisitos específicos aplicables a los
establecimientos en los que se ejercen actividades de naturaleza sexual.
Resulta especialmente llamativa la regulación realizada de los establecimientos donde se practican actividades relacionadas con el ámbito sexual. Y es que ya era hora de que a esta triste realidad se le dotara de un envoltorio normativo, que dentro de las posibilidades, mejore la calidad de vida de las personas dedicadas a la prostitución.
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