El problema de Cataluña existe, sería de hipócritas no reconocerlo. Es más que evidente que en un supuesto referéndum por la independencia, el “SÍ” probablemente se impondría. Sin embargo, donde no hay tanto nivel de acuerdo es en las razones que llevarían a la gente a decantarse por esta opción: para unos, los motivos son de carácter ideológico, sin embargo, para otros, este hecho tiene que ver con razones de índole económica. Sea como fuere, en la práctica, tal y como está regulada nuestra constitución, tal independencia no sería viable.
Los pasos legales que se deberían dar para que un movimiento independentista tuviese éxito en nuestro país serían los siguientes:
1) Modificar una serie de artículos constitucionales: Artículo 1.2 : “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado". Artículo 2: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas."
Este artículo tiene como consecuencia práctica la siguiente: para que pueda darse la independencia de una Comunidad Autónoma, debe haber autorización del pueblo español. Por tanto, no cabe la secesión unilateral de ninguna. En conclusión, estos artículos deberían ser modificados para que Cataluña, o cualquier otro territorio español pudiese alcanzar su propia soberanía.
2) Para la modificación de estos preceptos, tendría que procederse a una revisión constitucional (artículo 168 Constitución española); ello conlleva:
- Obtener una mayoría de 2/3 de cada Cámara en una votación inicial.
- Disolución de las Cortes Generales.
- Las nuevas Cámaras elegidas deberían ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, debiendo este último ser aprobado por mayoría de 2/3 de ambas Cámaras.
- Finalmente, aprobado el nuevo texto constitucional sería necesario realizar un referéndum para su ratificación.
Por lo tanto, ahora mismo nos encontramos ante un escenario virtual, donde sea cual sea el resultado de la consulta popular que se practique, el efecto fáctico sería el mismo, ninguno. Sin embargo, hay quien no considera que estas barreras de tipo legal sean insalvables, para muestra este interesante documento periodístico: acceda haciendo clic aquí