Si
usted ha contratado con una entidad bancaria un préstamo hipotecario o está en
fase de hacerlo, debe tener en cuenta que las cláusulas suelo están dejando paso
a este otro tipo de cláusulas a la “baja”.
Con la conocida Sentencia de la
Unión Europea, los Bancos han visto como progresivamente los juzgados les han
ido despojando de la razón en lo que se refiere al establecimiento de cláusulas
suelo en los contratos de hipoteca. Sin embargo, Usted como consumidor debe
conocer las nuevas argucias que están utilizando las entidades bancarias para
de una u otra forma, “colar” cláusulas suelo en sus contratos.
Una de las tácticas
más utilizadas es el uso de diferenciales sobre el valor del Euribor, de tal
modo que aunque este se desplome, usted seguirá abonando un mínimo de intereses
que harán que el banco nunca pierda.
No obstante, se debe señalar que el
diferencial por sí solo no es nulo (salvo excepciones donde es abusivo), lo que
sí que es nulo, señalan los Tribunales, es que el contrato lo recoja bajo
redacciones opacas, farragosas, e ininteligibles para los usuarios.
Respecto a
este tipo de cláusulas suelo encubiertas, también se están manifestando los
juzgados, y aunque la interpretación judicial no está siendo tan contundente a
favor de los consumidores como con las cláusulas suelo tipo, poco a poco el
criterio se está dirigiendo a su prohibición.
Ante esta situación, aconsejamos a
nuestros clientes y seguidores no duden en consultar a nuestros letrados sobre
su contrato de préstamo hipotecario.
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