Dispone el artículo 41 de la Constitución Española que “los poderes públicos mantendrán un
régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la
asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad,
especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones
complementarias serán libres.”
Sin embargo, nuestros abogados asisten,
con cierta frecuencia, a personas que han sufrido injusticias por parte de la
Seguridad Social. En muchas ocasiones, las decisiones adoptadas por ésta
atentan contra principios básicos de un Estado de Derecho como son la
proporcionalidad en las sanciones, o la equidad en la aplicación de las normas.
Lo
anterior tiene como resultado que en ocasiones acudan a nuestro despacho, clientes
a los que la Administración Pública les
ha suspendido la prestación por desempleo, ha iniciado
procedimientos para la reclamación de cantidades indebidamente cobradas o les
ha impuesto sanciones por la infracción de normas reguladoras de la Seguridad
Social.
En algunos de estos casos, la aplicación de las normas y sanciones por
parte de la Seguridad Social ha sido correcta, no obstante, en otras, ésta ha
sido abusiva, desproporcionada o incorrecta. Es entonces cuando nuestro despacho
se pone en marcha para defender los intereses de sus clientes, efectuando las
reclamaciones oportunas contra la administración pública competente y,
posteriormente, en caso de desacuerdo con éstas, acudiendo a la Jurisdicción
Social para obtener una decisión favorable de los Tribunales.
No dude en
consultarnos, si considera que ha sufrido algún trato injusto por parte de la
Seguridad Social, nuestros abogados, tras una primer estudio del asunto –analizando
sus documentos-, le aconsejaran sobre si es correcta la decisión del Sector
Público, o si por el contrario, es necesario comenzar una defensa jurídica de
sus intereses, ya sea en vía administrativa o posteriormente judicial.
Si desea
contactar con nosotros: http://moronsainz-ezquerraabogados.es/contacto
No hay comentarios:
Publicar un comentario