En Morón&Sainz-Ezquerra abogados, ya advertimos, desde
hace tiempo, de los perjuicios que conllevaba para los ciudadanos la
implantación de tasas judiciales para acceder a la justicia. Recordemos diversas
publicaciones en relación a esta cuestión:
Sin
duda alguna, la implantación de tasas judiciales suponía un quebranto absoluto
del artículo 24 de la Constitución española:
“1. Todas las personas tienen derecho a
obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus
derechos e intereses legítimos,
sin que, en ningún caso, pueda
producirse indefensión.
2. Asimismo,
todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa
y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra
ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías,
a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar
contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.”
Indudablemente,
con la aplicación de tasas judiciales había mucha gente que no podía acceder a
la justicia, convirtiéndose esta en una justicia de pudientes, a la que sólo
podían acceder aquellas personas que podían pagársela.
Cierto es, que muchos
ciudadanos tenían un nivel de ingresos tan mínimo que podían acceder al abogado
de oficio y además evitarse las tasas judiciales –así lo disponía la Ley. No
obstante, ¿qué ocurría con esa gran clase media española que no llegaban a
estos niveles de pobreza, pero que sin embargo no podían realizar grandes
dispendios?, pues ocurría que las tasas judiciales les obligaban a dejar de
luchar por sus derechos, a prescindir de sus aspiraciones de justicia. Y es que,
probablemente, el introducirse en procedimientos judiciales les suponía más
pérdidas que beneficios.
Afortunadamente, este panorama parece que va a cambiar,
ya que el Gobierno ha anunciado que elimina las tasas judiciales para el acceso
a la justicia de las personas físicas, manteniéndose éstas únicamente para las
personas jurídicas (empresas).
Esto supone una gran noticia para todos aquellos
que, pese a todo, seguimos creyendo de manera ferviente en el derecho a la
defensa prevenido en el artículo 24 de nuestro texto constitucional. Adjuntamos
una serie de enlaces periodísticos que desarrollan la noticia:
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