El decreto aludido ya fue analizado por nuestro despacho en
la publicación de fecha 29 de mayo de 2015, pulse aquí:
Desde su entrada en vigor, el decreto por el que se regulan las viviendas
vacacionales ha estado rodeado de polémica. La amplia regulación tendente a la
limitación de las viviendas vacacionales, y su contenido, en ocasiones
contradictorio con el de la Ley de Turismo de Canarias, entre otros aspectos, han
conllevado que el TSJC haya terminado por declarar nulos algunos de sus
preceptos más importantes.
Según el Tribunal, este Decreto vulnera la libertad
de empresa y de servicios, así como la libre competencia, y la libertad de
pactos.
Ciertamente es una materia compleja, porque si bien es cierto lo aludido
en el párrafo anterior, no lo es menos, que a los promotores de alojamientos
clásicos (hoteles, y apartamentos) se les imponen muchas más trabas legales que
a los propietarios de viviendas vacacionales; lo cual, sin duda alguna, también
supone una desigualdad de trato y un perjuicio para los primeros.
En todo caso,
puesto que se trata de una sentencia de “ultima hora”, desde Morón &
Sainz-Ezquerra abogados, analizaremos ésta en profundidad para poder ofrecer a
nuestros clientes y seguidores una información más precisa de la resolución del
TSJC.
Si lo desea, puede consultar los siguientes enlaces periodísticos:LaVanguardia, La Opinión de Tenerife, El Día
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