miércoles, 10 de octubre de 2012

¿Tiene derecho a ser expropiado?


¿Qué ocurre cuando los propietarios de terrenos observan como la utilización de los mismos para los fines que pretendían (por ejemplo, edificar) se imposibilita por las previsiones de los Planes Urbanísticos? Imaginemos que el Plan General de Ordenación prevé en la parcela de un propietario la existencia de una plaza, un parque, o cualquier otra infraestructura de uso público.

Resulta necesario que estos propietarios tengan conocimiento de que una vez en vigor el Plan Urbanístico que realiza tal previsión, desde que transcurra un determinado plazo (que depende de la clase de infraestructura establecida), tienen derecho a solicitar y obtener, tras la tramitación del procedimiento correspondiente, la expropiación de los terrenos.

Ante la inactividad de la Administración, será el propio particular el que deba “ir impulsando” el expediente administrativo, de conformidad con las previsiones legislativas.

En el caso de que tenga cualquier duda al respecto, o desee instar una expropiación, consúltenos por el medio que desee: A través de nuestra página de inicio, “envíanos tu consulta”; telefónicamente; presencialmente; o a través de nuestro correo:  info@moronsainz-ezquerraabogados.com

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