lunes, 25 de mayo de 2015

De la sucesión testada e intestada, herencias:

La partición de la masa hereditaria es una de las cuestiones jurídicas que más preocupan a los ciudadanos, y muchas son las dudas que a estos les surgen respecto de esta materia. El código civil establece dos tipos de sucesiones: una es la sucesión testada y otra la intestada. 

A continuación daremos unas pinceladas de cada una:

Sucesión testada: Es aquella sucesión en la que el fallecido ha realizado un testamento, donde el causante ha expresado su voluntad en lo referente al destino que van a recibir sus bienes tras su fallecimiento.Se ha de disponer, que el testamento no puede contener unas voluntades que estén prohibidas por la Ley, y es que ésta establece unos mínimos y un orden de prelación que deben respetarse sí o sí. Dentro de esos límites se alberga cierto margen de maniobra.

Sucesión intestada: También es usual la denominación de “sucesión abintestato”, “legal”, o “legítima”. Al contrario que la anterior, ésta, salvo en casos de invalidez del testamento suscrito, se produce por sucesión “mortis causa”, es decir, su causa es la muerte de una persona. 

En estos casos, la titularidad sobre el patrimonio, así como de las deudas, recae en otras personas. Puesto que partimos de la base de que no existe testamento, o de la invalidez del realizado, la propia Ley (Código Civil) establece un listado y un orden de prelación por defecto. En definitiva, los herederos “legales” vienen dados por la propia Legislación.

Por otro lado, es necesario aclarar que cualquier persona legitimada puede exigir la partición de una herencia, no es necesario llegar a un acuerdo, simplemente tener derechos con respecto a la masa hereditaria.

Para cualquier consulta en materia de herencia y sucesión, u otro ámbito jurídico, no dude en consultarnos, nuestros letrados estarán encantados de atenderle. Si lo que desea es comenzar un procedimiento judicial de partición de herencia, nuestros abogados, previa aclaración de los pasos a seguir en el procedimiento, y los documentos que le son indispensables obtener, le ofrecerán un presupuesto, para que en el caso de que usted así lo desee, comenzar con los trámites judiciales.

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