martes, 24 de febrero de 2015

El Gobierno anuncia la eliminación de las tasas judiciales para las personas físicas. Ningún ciudadano tendrá que pagar una tasa por iniciar un procedimiento judicial ni por recurrir una sentencia de primera instancia.

En Morón&Sainz-Ezquerra abogados, ya advertimos, desde hace tiempo, de los perjuicios que conllevaba para los ciudadanos la implantación de tasas judiciales para acceder a la justicia. Recordemos diversas publicaciones en relación a esta cuestión:



Sin duda alguna, la implantación de tasas judiciales suponía un quebranto absoluto del artículo 24 de la Constitución española: 

“1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.”

Indudablemente, con la aplicación de tasas judiciales había mucha gente que no podía acceder a la justicia, convirtiéndose esta en una justicia de pudientes, a la que sólo podían acceder aquellas personas que podían pagársela. 

Cierto es, que muchos ciudadanos tenían un nivel de ingresos tan mínimo que podían acceder al abogado de oficio y además evitarse las tasas judiciales –así lo disponía la Ley. No obstante, ¿qué ocurría con esa gran clase media española que no llegaban a estos niveles de pobreza, pero que sin embargo no podían realizar grandes dispendios?, pues ocurría que las tasas judiciales les obligaban a dejar de luchar por sus derechos, a prescindir de sus aspiraciones de justicia. Y es que, probablemente, el introducirse en procedimientos judiciales les suponía más pérdidas que beneficios.

Afortunadamente, este panorama parece que va a cambiar, ya que el Gobierno ha anunciado que elimina las tasas judiciales para el acceso a la justicia de las personas físicas, manteniéndose éstas únicamente para las personas jurídicas (empresas).

Esto supone una gran noticia para todos aquellos que, pese a todo, seguimos creyendo de manera ferviente en el derecho a la defensa prevenido en el artículo 24 de nuestro texto constitucional. Adjuntamos una serie de enlaces periodísticos que desarrollan la noticia:

El Correo                      ABC


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