jueves, 20 de abril de 2017

Las costas procesales, las grandes desconocidas de los clientes que se adentran en un procedimiento judicial.

Las costas procesales son un factor a tener muy en cuenta a la hora de desarrollar una actuación judicial. Sin embargo, a menudo observamos que los clientes desconocen totalmente el significado y las consecuencias de las costas procesales.

Las costas son todos aquellos gastos que origina un procedimiento judicial: honorarios de abogado y derechos de procurador, peritos e informes periciales, documentación o edictos que deba notificar o publicar el juzgado etc, etc.

Al iniciar el procedimiento judicial, cada una de las partes abonará los gastos que vaya originando su defensa en el juicio. Sin embargo, al recaer sentencia ésta dispondrá a quién le corresponde pagar las costas procesales. Esto es, al perdedor, o dicho de otro modo, a la parte que haya visto desestimada todas sus pretensiones judiciales. Por ende, si nuestro cliente resulta perdedor, deberá abonar las costas de la otra parte; del mismo modo, que si resulta victorioso, será la otra parte quien se las abone a él.

A mayor abundamiento, resulta necesario manifestar que la cuantía de las costas está limitada por diversas reglas que las regulan. Una vez que el juez ha condenado en costas a una de las partes (debiendo abonárselas al contrario), se deberá instar su ejecución, es ahí cuando su cuantía podrá ser impugnada si resulta antijurídica -por inadecuada, o desproporcionada-.

Antes de iniciar un procedimiento judicial, es imprescindible que el letrado otorgue información sobre las costas al cliente, haciéndole saber no sólo las probabilidades aproximadas de que la actuación prospere, sino las posibles consecuencias de resultar perdedor en el juicio. En este sentido, la diligencia profesional nos obliga a desanimar a aquellos clientes que queriendo adentrarse en un juicio, su asunto tenga muy pocas opciones de fructificar, porque además de perder, tendrá que hacer frente a las costas procesales.

Sin embargo, como toda regla, tiene su excepciones. Así, hay procedimientos en los que no se condena en costas a ninguna de las partes, y situaciones donde tampoco procede ésta. Su abogado (nosotros si somos su elección) podrá asesorarle perfectamente sobre ello.

No lo dude, consúltenos su problema jurídico: 

618903619 






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