miércoles, 26 de abril de 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado nulos varios preceptos del Decreto 113/2015 de 22 de mayo (Reglamento de Viviendas Vacacionales)

El decreto aludido ya fue analizado por nuestro despacho en la publicación de fecha 29 de mayo de 2015, pulse aquí: 


Desde su entrada en vigor, el decreto por el que se regulan las viviendas vacacionales ha estado rodeado de polémica. La amplia regulación tendente a la limitación de las viviendas vacacionales, y su contenido, en ocasiones contradictorio con el de la Ley de Turismo de Canarias, entre otros aspectos, han conllevado que el TSJC haya terminado por declarar nulos algunos de sus preceptos más importantes.

Según el Tribunal, este Decreto vulnera la libertad de empresa y de servicios, así como la libre competencia, y la libertad de pactos.

Ciertamente es una materia compleja, porque si bien es cierto lo aludido en el párrafo anterior, no lo es menos, que a los promotores de alojamientos clásicos (hoteles, y apartamentos) se les imponen muchas más trabas legales que a los propietarios de viviendas vacacionales; lo cual, sin duda alguna, también supone una desigualdad de trato y un perjuicio para los primeros.

En todo caso, puesto que se trata de una sentencia de “ultima hora”, desde Morón & Sainz-Ezquerra abogados, analizaremos ésta en profundidad para poder ofrecer a nuestros clientes y seguidores una información más precisa de la resolución del TSJC.

Si lo desea, puede consultar los siguientes enlaces periodísticos:LaVanguardia, La Opinión de Tenerife, El Día

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