jueves, 16 de junio de 2016

Pasan los años, y los quioscos de la playa de las Teresitas siguen en una situación de “ilegalidad”.

¿Quién no se ha tomado un refresco, mojito, cerveza, etc, en los quiosquitos de la playa de Las Teresitas? Y es que estos chiringuitos, situados en la playa cuyas aguas bañan el barrio de San Andrés, son todo un clásico en la capital chicharrera.

Sin embargo, su pintoresca y tradicional estampa no va de la mano de su legalidad, y es que no escapa al conocimiento general que desde siempre, se han hallado en una situación de ilegalidad que ha venido propiciada por la falta de control que ha recaído sobre ellos.

En primer lugar se debe insistir en que estos establecimientos están situados en zona-dominio marítimo-terrestre. Dada esta circunstancia, los quioscos sólo estarían en situación de legalidad si poseyeran los correspondientes títulos jurídicos habilitantes, (estatales -de costas- y municipales -licencia urbanística y licencia de actividad clasificada).

Con todo, la ubicación donde se encuentran los chiringuitos es de titularidad estatal, sin perjuicio de que los municipios puedan ejercer diferentes facultades respecto de ellos. Por ejemplo el artículo 225 de la Ley de Costas dispone, en su apartado B y C que:

"Las competencias municipales, en los términos previstos por la legislación que dicten las comunidades autónomas, podrán abarcar los siguientes extremos:

b) Informar las solicitudes de reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones para la ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre.

c) Explotar, en su caso, los servicios de temporada que puedan establecerse en las playas por cualquiera de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la legislación de régimen local.”

El lío parece aún mayor porque desde Costas se ha informado que no consta que el Ayuntamiento haya hecho uso de estas facultades, y por tanto, tampoco ha informado sobre ellas.

En todo este galimatías, sucede además, que hay nueve expedientes sancionadores abiertos por ejercer actividad de bar de copas sin autorización.

De una u otra manera, la “ilegalidad” que rodea a estos chiringuitos debe ser acotada antes o después, dándose una solución legal a la problemática, que esperemos sea del agrado de todos.

En relación a lo anterior, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo ha manifestado en numerosas ocasiones que “la actividad ejercida sin licencia se conceptúa clandestinamente y como una situación irregular de duración indefinida, que no legitima el transcurso del tiempo y puede ser acordado su cese en cualquier momento”.

Tampoco se puede obviar la legislación urbanística canaria, en cuyo Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias se dispone que “la intervención administrativa del uso del suelo y de la construcción y edificación, así como las potestades de protección de la ordenación y de sanción de las infracciones a la misma, serán de ejercicio inexcusable

Añadimos un enlace periodístico que se ha hecho eco de la noticia: pulse aquí.

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