lunes, 23 de mayo de 2016

"Reclamaciones de cantidad" dirigidas contra deudores

Si alguna persona física o jurídica ha contraído deudas con Usted, no dude en consultarnos. Nuestros letrados, previo análisis de la documentación que el cliente nos aporte, decidirán cuál es el procedimiento más idóneo para la reclamación judicial (monitorio, verbal, ordinario).

Nuestra labor siempre comienza con un intento de aproximación amistosa, extrajudicial con su deudor o abogado de éste, con el que se trata de llegar a una resolución rápida, pactando forma y fraccionamiento del pago de la deuda.

En caso de que ese intento de aproximación sea ignorado o rechazado por quien es su deudor o representante legal de éste, procederemos al siguiente escenario, la reclamación judicial de la cantidad debida.

En cuanto a los honorarios, ofrecemos todo tipo de facilidades a nuestros clientes. Consúltenos sin compromiso sobre ello.  Trabajamos tanto para empresas y sociedades como para personas individuales.


No hay comentarios:

Publicar un comentario