viernes, 28 de enero de 2022

Cuando una Administración Pública impone una sanción a una persona y aquella comienza a tramitarse, siempre surge una pregunta: ¿Necesito contar con los servicios de un abogado?

 Ante el cuestionamiento realizado debemos concluir lo siguiente, si bien el abogado no es preceptivo en vía administrativa (previa a la judicial), sí que es altamente aconsejable que la persona que haya sido sancionada contrate los servicios de un abogado. 

La razón es sencilla de entender, un procedimiento sancionador tiene una tramitación un tanto compleja, razón por la cuál contar con un profesional especialista en la materia es muy recomendable para defender los intereses y derechos del ciudadano que se puedan estar viendo afectados por la sanción. 

Sanciones administrativas las hay de muchos tipos, de tráfico, propias de la Ley de Seguridad Ciudadana (“botellón” por ejemplo), urbanística, fiscales, etc. En el contexto de los últimos tiempos también se han incrementado aquellas sanciones que tienen que ver con la compleja y constantemente actualizada, normativa covid. 

Para oponerse a todas y cada una de ellas es necesario contar con conocimientos propios de la materia sectorial de la que trate, así como generales propios del derecho administrativo sancionador. Obviamente, un ciudadano lego en derecho, no podrá defender sus intereses y derechos por sí solo, al menos si quiere salir medianamente airoso del procedimiento sancionador. Por esta razón, se hace imprescindible, al menos si se quiere tener éxito en la defensa, que se contraten los servicios de un abogado administrativista conocedor de los entresijos propios del derecho sancionador. 

Como ejemplo ilustrativo y real, el año pasado llegó a este despacho un chico que había sido multado con 3000 euros por supuestamente hacer botellón en la calle en época covid; era un periodo intermedio entre los estados de alarma, donde no estaba vigente éste, y donde en Canarias aún no se había aprobado el régimen sancionador propio de la normativa Covid. 

A esta persona la administración le pretendía sancionar en base a los criterios propios de la Ley General de Salud Pública, donde las sanciones, especialmente las muy graves, son de gran cuantía. 

Tras contactar con este despacho, se empezó su defensa, con los respectivos escritos de alegaciones, y finalmente con el correspondiente recurso de alzada donde la Administración Pública competente acabó por otorgar la razón a esta parte, y ello al entender que la normativa utilizada fue incorrecta. Es decir, si no estaba vigente el estado de alarma ni la normativa sancionadora propia del Covid, a este chicó se le debió sancionar en base a la Ley de Seguridad Ciudadana que regula expresamente el botellón, o a través de la Ordenanza correspondiente del Ayuntamiento que también regula esta circunstancia, en ambos casos las sanciones a imponer se regulan con cuantías inferiores a los 600 euros. 

Esta improcedencia de la normativa utilizada para sancionar, pertinentemente opuesta por esta representación, llevó a la Administración Pública a declarar la nulidad de pleno derecho de la sanción, dejando sin efecto la misma.  Obviamente, un ciudadano desconocedor de toda esa batería de normas no hubiera tenido éxito en su defensa, por lo que fue plenamente acertado contar con los servicios de un despacho especializado en derecho administrativo. 

Pero es que incluso en aquellos casos donde la Administración Pública no otorga la razón al interesado, queda la opción de acudir a los Juzgados (Jurisdicción Contencioso-Administrativa) donde se hace vital para poder tener éxito, que los escritos presentados en vía administrativo hayan estado suficientemente motivados y acompañados de prueba, y ello porque esa vía administrativa previa, supone la base del futuro pleito, de modo que si los cimientos levantados no son correctos, las probabilidades de prosperar la acción en vía judicial disminuyen enormemente.

En conclusión, si a Usted le llega una sanción administrativa, lo primero que debe hacer, es consultar con un letrado especializado en la materia, que le podrá aconsejar y asesorar a lo largo del procedimiento, así como redactarle los diferentes escritos que procedan.

Puede contactarnos en:

http://moronsainz-ezquerraabogados.es/

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