jueves, 23 de marzo de 2017

RECLAMACIÓN DE CLÁUSULAS SUELO: dos más dos puede no ser cuatro, o dicho de otro modo, cada caso es diferente, y el éxito en el mismo dependerá de muchos factores.

Tras el “boom” inicial que supuso la sentencia de la Unión Europea, y su varapalo a los bancos, poco a poco el efecto rebote de la misma, está haciendo que este asunto se esté equilibrando. Es decir, no siempre los juzgados españoles están dando la razón a los consumidores, hay ocasiones donde los jueces apoyan a los bancos por entender que las cláusulas suelo no son abusivas, además de estar suficientemente negociadas y explicadas en el contrato. 

En resumen, hay que manifestar que las entidades bancarias no tendrán que devolver el dinero si prueban transparencia en la hipoteca, en concordancia con la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013. ¿Qué sucede? Que ésta, en la mayoría de las ocasiones, no se ha dado. 

Después de largas conversaciones con colegas de profesión, y un análisis profundo de la situación, hemos observado que hay una gran desinformación por parte de los ciudadanos. Esto, en parte, nos ha hecho recapacitar sobre el daño que desde la prensa no especializada en la materia, se está haciendo a la sociedad. 

Por tanto, desde Morón & Sainz-Ezquerra abogados, consideramos imprescindible informar de forma completa y honrada a los clientes que quieran obtener nuestros servicios en la materia. Es fundamental advertirles de que no todas las cláusulas suelo son ilegales, que no todos los juzgados actúan igual, unos son más pro-cliente y otros más pro-banco, y que no siempre es conveniente reclamar. Por si esto fuera poco, también afecta a la resolución de los juzgados, los conocimientos, cultura, y profesión del reclamante. Por ejemplo, es más improbable que a un abogado, un economista, un banquero, o a un prestigioso hombre o mujer de negocios se le otorgue la razón en un asunto de cláusulas suelo. Y es que su perfil personal y profesional, puede complicar mucho las cosas a la hora de demostrar un desconocimiento en la materia por la cual se reclama. 

En este sentido, antes de empezar con las reclamaciones al banco, y posteriormente al juzgado, es fundamental, un análisis sosegado de la situación y de los documentos del caso -préstamo hipotecario, novaciones, cancelaciones etc-.

En conclusión, una buena información del cliente evitará muchos desencantos, malos entendidos, o sorpresas negativas para los clientes. Al contrario, una buena información permite que el cliente valore la situación, y decida con perspectiva, si desea seguir adelante o no con la reclamación de las cláusulas suelo. 

Por tanto, como profesionales del derecho, conviene alejarse un poco de la frivolidad con la que en la prensa -y por derivación en la sociedad-  se maneja el asunto de las cláusulas suelo, y tener muy presente, que como cualquier otra materia jurídica, requiere la máxima atención, información, preparación, y formalización.

lunes, 20 de marzo de 2017

Llamativo pero cierto, Canarias habitualmente ostenta una tasa de litigiosidad superior a la media estatal.

La población Canaria siempre se está quejando de la lentitud de los Tribunales en nuestra Comunidad Autónoma, y hete aquí una de sus posibles razones. 

Según la estadística judicial, Canarias posee una tasa de litigiosidad superior a la media española. De esta manera, en el segundo semestre de 2016, nuestra comunidad estuvo a la cabeza de la tasa de litigiosidad del Estado, con 40,84 asuntos registrados por cada mil habitantes, mientras que la media nacional es de 34,16 por cada mil habitantes. 

Aunque esta estadística no deja de ser una curiosidad, sí que nos puede ofrecer una explicación al “atasco” que viven algunos Juzgados de Canarias. 

Para una mayor información, puede entrar en el siguiente enlace, proveniente de la página web del Consejo General del Poder Judicial. Pulse aquí


martes, 7 de marzo de 2017

Las cláusulas suelo están dejando paso a los diferenciales sobre el Euribor (cláusulas suelo encubiertas)

Si usted ha contratado con una entidad bancaria un préstamo hipotecario o está en fase de hacerlo, debe tener en cuenta que las cláusulas suelo están dejando paso a este otro tipo de cláusulas a la “baja”. 

Con la conocida Sentencia de la Unión Europea, los Bancos han visto como progresivamente los juzgados les han ido despojando de la razón en lo que se refiere al establecimiento de cláusulas suelo en los contratos de hipoteca. Sin embargo, Usted como consumidor debe conocer las nuevas argucias que están utilizando las entidades bancarias para de una u otra forma, “colar” cláusulas suelo en sus contratos. 

Una de las tácticas más utilizadas es el uso de diferenciales sobre el valor del Euribor, de tal modo que aunque este se desplome, usted seguirá abonando un mínimo de intereses que harán que el banco nunca pierda.

No obstante, se debe señalar que el diferencial por sí solo no es nulo (salvo excepciones donde es abusivo), lo que sí que es nulo, señalan los Tribunales, es que el contrato lo recoja bajo redacciones opacas, farragosas, e ininteligibles para los usuarios.

Respecto a este tipo de cláusulas suelo encubiertas, también se están manifestando los juzgados, y aunque la interpretación judicial no está siendo tan contundente a favor de los consumidores como con las cláusulas suelo tipo, poco a poco el criterio se está dirigiendo a su prohibición.

Ante esta situación, aconsejamos a nuestros clientes y seguidores no duden en consultar a nuestros letrados sobre su contrato de préstamo hipotecario.