lunes, 29 de julio de 2013

El maquinista del tren accidentado en Santiago acusado de “homicidio imprudente”

El maquinista del tren que descarriló el pasado miércoles en Santiago de Compostela ha sido acusado de “homicidio imprudente”.
 
Se ha de recordar que en el siniestro fallecieron 79 personas, mientras que algunos heridos permanecen todavía hospitalizados.
 
En España, el “homicidio imprudente” se regula en el artículo 142 del Código Penal, que dispone:
 
“ 1.  El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.
 
2.  Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años.
 
3.  Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años”
 
En definitiva, a falta de que la Justicia analice la caja negra del tren, y se inicie un proceso judicial contra el maquinista, se le podrían imputar 79 homicidios por imprudencia; lo que podría dar lugar una pena de prisión elevadísima.
 
Sin embargo, son muchas las preguntas que surgen: ¿Fue un fallo en cadena lo que ocasionó el accidente? ¿es el maquinista el único responsable? ¿deberían prohibirse de forma más radical las cláusulas de algunas compañías de transporte público, que premian económicamente la puntualidad y penalizan los retrasos? ¿sería necesario modificar las medidas de seguridad en los transportes ferroviarios, para que no todo dependa en algunos tramos y trenes de la responsabilidad y pericia de una sola persona?
 
Les ofrecemos dos enlaces periodísticos que desarrollan la noticia: El Mundo, El País

martes, 16 de julio de 2013

La posible “moción de censura” a Mariano Rajoy se va conviertiendo en realidad.


En los últimos días, con toda la polémica que rodea al Presidente del Gobierno, dada su posible relación con el extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, se ha disparado la tensión sobre una posible moción de censura sobre Mariano Rajoy.
¿Qué es la moción de censura?
 Se trata de un procedimiento constitucionalmente previsto por el cual los restantes partidos políticos integrantes del Congreso de los Diputados, pueden exigir responsabilidad y forzar la sustitución del Presidente del Gobierno.
 ¿Dónde se regula esta figura?
En España, esta figura está regulada en los artículos 113 y siguientes de la Constitución Española:
Art. 113: “1.  El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.
2.  La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.
3.  La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas. 4.  Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.”
¿Cuáles son las características de la moción de censura en España?
En España, la moción de censura es de carácter constructiva; es decir, aquellos grupos políticos que eleven la moción de censura, deberán acompañarla de una nueva propuesta política, un nuevo candidato a presidente del Gobierno, y un programa político propio. De no darse estos requisitos estaríamos ante una moción de censura destructiva.
Asimismo, se trata de una moción de censura continuista, en la que no se ve alterado el calendario electoral por la elevación de esta figura. En caso contrario se denominaría rupturista.
 Ante la situación que vive España, Alfredo Pérez Rubalcaba considera que Mariano Rajoy debería dar explicaciones sobre todos los rumores y comentarios que están filtrándose desde los medios de comunicación, y es por ello por lo que ha anunciado que presentará una moción de censura si Rajoy no comparece.
Acceda a unos enlaces periodísticos donde se desarrolla la noticia: ElPaís, El Mundo.
En todo caso, habría que recordar que las posibilidades de que una moción de censura sea viable, y prospere, son mínimas, toda vez que el Partido Popular cuenta con mayoría absoluta. De esta situación también se ha hecho eco la prensa: El País

Con todo, gran parte de la sociedad, considera que no se debería llegar hasta este punto, sino que debería ser, el propio Presidente del Gobierno el que de "motu propio" diera explicaciones a los españoles, o incluso, valorara el apoyo del Congreso, mediante una "cuestión de confianza"; un sistema donde es el propio presidente quien pone su cargo a disposición, siendo los diputados los que le otorgan o no, su confianza para seguir gobernando.

 

sábado, 6 de julio de 2013

¡¡¡Mucho ojo con tu vehículo, que no te lo roben!!!

Aprovechando que estamos en los meses de verano, en los cuales los hurtos y robos aumentan, y descansando un poco de temas plenamente jurídicos, Morón & Sainz-Ezquerra abogados, os ofrece un enlace donde se aborda el tema de los robos de coches; en él encontrarás información sobre como disminuir las posibilidades de que tu vehículo sea robado.
 
Además de lo anterior, este enlace también ofrece información acerca de cómo reaccionar en caso de que nuestro vehículo haya sido robado.
Y es que verano, es una época especialmente suculenta para los “cacos”…
 
Acceda al enlace pinchando aquí