jueves, 27 de septiembre de 2012

Consulta sobre situación de incapacitación


   En este artículo, hacemos partícipes a nuestros seguidores de una nueva consulta evacuada por nuestro despacho. En ella, otorgamos respuesta a un cliente que se encontraba muy preocupado con su situación familiar, toda vez que su madre se hallaba en una situación de vulnerabilidad puesto que presentaba algún tipo de demencia. El escenario era complejo, dado que un familiar cercano se estaba aprovechando del patrimonio de ésta en beneficio propio.
 
Ante este panorama, nuestro cliente nos pidió consejo y nos formuló una serie de cuestiones para minorar las consecuencias negativas para esta señora, en tanto se resolvía el proceso de incapacitación en el que ésta se encontraba inmersa.
 
Para acceder al contenido de la consulta pulse aquí
 
Si usted nos quiere realizar algúna consulta póngase en contacto con nosotros a través de la página de inicio de nuestra web http://moronsainz-ezquerraabogados.es/  o mediante nuestro correo electrónico info@moronsainz-ezquerraabogados.com, sin perjuicio de que si así lo desea pueda hacérnosla telefónica o presencialmente.
 
 
 

sábado, 22 de septiembre de 2012

La cadena perpetua revisable para ciertos presos...


  En los últimos tiempos, coincidiendo con el caso "Bretón", se ha reactivado el debate sobre el proyecto de ley que pretende elaborar el Gobierno de España. Esta futura ley regularía una nueva figura penitenciaria, se trata de la llamada "prisión permanente revisable". Esta importante novedad afectaría en un principio sólo a asesinos de menores, magnicidas y terroristas, así como a determinados delitos sexuales agravados.
 
Lo cierto es que la noticia ha despertado un mar de polémica, pues tiene muchos defensores pero también muchos detractores. Si acudimos a la Constitución Española, su artículo 25.2 establece lo siguiente:
 
"Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley Penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad".
 
 Según ha manifestado el Gobierno, la medida tiene su razón de ser en la imposibilidad de reeducación y reinserción social de este tipo de personas, para las cuales se hace necesario un seguimiento especial, condicional, dependiendo la revisión o no de la pena de su evolución personal. Sería conveniente recordar, que muchos de estos presos, especialmente terroristas y delincuentes sexuales, no llegan nunca a mostrar un sentimiento de arrepentimiento, partiendo de esa premisa, su reeducación y reinserción socal resulta inviable.
 
Sin embargo, polémicas a un lado, lo cierto es que este proyecto es sólo eso, un embrión de lo que se supone tiene que llegar a ser una Ley Orgánica que permita cumplir con los objetivos que marca la Constitución así como la legislación penal y penitenciaria, objetivos estos que hoy por hoy, con muchos de estos presos resultan utópicos, dado su alto índice de reincidencia. Es evidente, que hasta este momento, algo se ha estado haciendo mal... 
 
Les ofrecemos un interesante documento periodístico en relación a esta publicación. Acceda al mismo pinchando aquí

domingo, 16 de septiembre de 2012

Cataluña: ¿Independencia?

El problema de Cataluña existe, sería de hipócritas no reconocerlo. Es más que evidente que en un supuesto referéndum por la independencia, el “SÍ” probablemente se impondría. Sin embargo, donde no hay tanto nivel de acuerdo es en las razones que llevarían a la gente a decantarse por esta opción: para unos, los motivos son de carácter ideológico, sin embargo, para otros, este hecho tiene que ver con razones de índole económica. Sea como fuere, en la práctica, tal y como está regulada nuestra constitución, tal independencia no sería viable.
Los pasos legales que se deberían dar para que un movimiento independentista tuviese éxito en nuestro país serían los siguientes:

1) Modificar una serie de artículos constitucionales: Artículo 1.2 : “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado". Artículo 2: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas."
Este artículo tiene como consecuencia práctica la siguiente: para que pueda darse la independencia de una Comunidad Autónoma, debe haber autorización del pueblo español. Por tanto, no cabe la secesión unilateral de ninguna. En conclusión, estos artículos deberían ser modificados para que Cataluña, o cualquier otro territorio español pudiese alcanzar su propia soberanía.

2) Para la modificación de estos preceptos, tendría que procederse a una revisión constitucional (artículo 168 Constitución española); ello conlleva:
 
- Obtener una mayoría de 2/3 de cada Cámara en una votación inicial.
- Disolución de las Cortes Generales.
- Las nuevas Cámaras elegidas deberían ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, debiendo este último ser aprobado por mayoría de 2/3 de ambas Cámaras.
- Finalmente, aprobado el nuevo texto constitucional sería necesario realizar un referéndum para su ratificación.

Por lo tanto, ahora mismo nos encontramos ante un escenario virtual, donde sea cual sea el resultado de la consulta popular que se practique, el efecto fáctico sería el mismo, ninguno. Sin embargo, hay quien no considera que estas barreras de tipo legal sean insalvables, para muestra este interesante documento periodístico: acceda haciendo clic aquí


miércoles, 12 de septiembre de 2012

El Constitucional alemán avala los rescates

El Tribunal Constitucional ha dado hoy luz verde a la participación alemana en el fondo de rescate permanente europeo. No obstante, esta decisión incluye una serie de condiciones.

Acceda a los siguientes artículos periodísticos: El País; El Mundo

jueves, 6 de septiembre de 2012

Nuestro Blog: ¡ Más de 1200 visitas!

El Estudio Jurídico "Morón & Sainz-Ezquerra abogados"  desea expresar su satisfacción y agradecimiento por el seguimiento que está teniendo su blog, el cual, con tan sólo cuatro meses de vida, ya alcanzado la sorprendente cifra de 1200 visitas. Sin embargo, lo que nos produce un mayor orgullo y una más que profunda sensación de agradecimiento son las buenas críticas que nos han transmitido muchas de las personas que lo han visitado, y que nos dan una gran fuerza para seguir trabajando en la misma dirección.
En nuestro blog se han tratado hasta el momento: temas de actualidad, otros de índole más jurídica y algunos relacionados con el funcionamiento interno del despacho. En los artículos de actualidad, “Morón & Sainz-Ezquerra abogados” ha tratado de aportar una información objetiva, neutral y veraz a cada uno de ellos, permitiendo a nuestros seguidores que extraigan sus propias opiniones y que las manifiesten en el blog si así lo desearen. En las publicaciones de carácter más jurídico, hemos tratado de hacer hincapié en la comprensibilidad de los mismos ya que para nosotros es de vital importancia que el blog no adquiera un tono cargante sino todo lo contrario, deseamos que la amenidad sea otra de sus virtudes. Finalmente, en los artículos sobre funcionamiento interno del despacho, nuestro objetivo no ha sido otro que exteriorizar nuestra forma de trabajar como despacho de abogados, una actividad caracterizada por nuestro trato cercano y cuidadoso con el cliente, y siempre buscando la eficiencia.
Ya para acabar, y como curiosidad, hemos de proclamar que la publicación más vista hasta ahora ha sido la referente a la “Reforma Laboral” adoptada por el Gobierno de Rajoy, la cual fue subida a este blog el 8 de julio de 2012.
De ahora en adelante, anhelamos tener un seguimiento igual o mayor que hasta este momento, ya que el inconformismo y las ganas de mejorar son otra de las claves de "Morón & Sainz-Ezquerra abogados".

sábado, 1 de septiembre de 2012

Libertad para el secuestrador de Ortega Lara

Uribetxeberria Bolinaga ha obtenido la libertad condicional, en base a una resolución judicial que motiva la decisión en su grave estado de salud.

Se trata de una cuestión muy controvertida que ha causado gran impacto en la ciudadanía.

Acceda al siguiente artículo periodístico haciendo clic aquí