jueves, 15 de octubre de 2020

Resolución de consultas por vía no presencial.

Desde nuestros inicios como despacho independiente, asumimos un firme compromiso para tratar de modernizar aquellos servicios que en el bufete de origen, por razones de índole generacional, no se podían llevar a la práctica. 

Una de estas ideas era la agilización de aquellos servicios no presenciales, y que podían ser resueltos por vía telefónica o especialmente telemática. Los vaivenes de la vida han hecho que esta pretensión se haya convertido en una necesidad, y es que la pandemia que actualmente nos azota, nos ha hecho recuperar la idea de prestar muchos servicios por vía no presencial. No en vano, hay asuntos que requieren indispensablemente un cara a cara con el cliente, pero otros donde es posible la resolución de los problemas sin que el cliente esté obligado a acercarse al despacho, lo que refunda en una mayor comodidad para éste, y ello sin perder un ápice de profesionalidad en la prestación.

De esta forma, animamos a nuestros seguidores y clientes a que amablemente examinen nuestra web, donde explicamos con detenimiento cuáles son los requisitos para obtener y beneficiarse de nuestro servicio de consultas, y resolución de asuntos por vía no presencial. 

Pueden acceder en el siguiente enlace:

http://moronsainz-ezquerraabogados.es/servicios/consultas-escritos

Estaremos encantados de aclarar cualquier duda sobre ésta u otra cuestión.