martes, 15 de octubre de 2019

Incumplir la Ley no sale gratis. Sentencia del “Procés”


El Tribunal Supremo, con el Juez Marchena al frente, hizo pública en el día de ayer la Sentencia inherente al juicio del “Procés”. Una resolución que si bien luce la unanimidad de todos los miembros del Alto Tribunal, no la mantiene a lo largo y ancho del país, donde son muchas las voces discrepantes; en unos casos por ser tenue en sus condenas, en otros por ser excesiva.

Lo cierto es que no eran muchas las dudas en cuanto a los delitos concurrentes;  rebelión sí, rebelión no, quizás la única. En caso de que éste no se apreciara por el Tribunal, las penas en los restantes delitos se irían a sus cotas más elevadas, quizás para compensar la ausencia del tipo delictivo desechado. Así ha ocurrido…De esta manera, los principales acusados han sido condenados a penas de 13, 12, y 10 años de prisión…, y otros tantos de inhabilitación. 

Si desea acceder a todas las penas, puede acceder al siguiente enlace:


Pese a todo, y habiendo comentado con muchos compañeros y profesionales del derecho la Sentencia, la resolución puede considerarse irreprochable desde un punto de vista jurídico, especialmente en cuanto al delito que se ha descartado (Rebelión), y ello, toda vez que, a día de hoy, tal y como está configurado en nuestro Código Penal, los hechos acontecidos en Cataluña no tenían pleno encaje en el referido tipo penal. 

No obstante, respecto a lo anterior, ha generado muchas dudas el cambio de postura de la Abogacía del Estado -de considerar existente el delito en un primer momento, a no apreciarlo posteriormente- motivo éste por el que muchas personas han puesto en entredicho la separación de poderes.

Otro punto que genera desconfianza, es el hecho de que los permisos penitenciarios vayan a ser gestionados desde un primer momento por la Administración Catalana, en contra de los pedimentos realizados por la Fiscalía del Estado; no obstante, y pese a todo, hay que confiar en el buen hacer de la Justicia, y en la supervisión que las restantes instituciones hagan de la referida medida.

Se podrá estar a favor, o en contra, pero no cabe duda de que esta Sentencia supone un antes y un después en España, y un escenario apasionante para todos los enamorados del derecho.