miércoles, 20 de diciembre de 2017

Les deseamos unas felices fiestas

Desde nuestro despacho les queremos desear unas felices fiestas.  Nos acordamos especialmente de aquellas personas y familias que lo están pasando mal por culpa de alguna enfermedad, o por la ausencia de alguno de sus allegados. 

Y es que no lo olvidemos:

Las navidades son fechas de alegría, pero también de melancolía…..

De derroche, pero también de solidaridad…..

De reunión, pero también de recuerdo…….

De celebración, pero también de reflexión……

De regalos, pero también de deudas……..

De superación, pero también de tragedia…..

De buscar el bien, pero sin olvidar el mal…..

Pero ante todo, la Navidad es el momento idóneo para homenajear a aquellos que nos dejaron, celebrar por los que están, y brindar por los que vendrán…..  

                                                 
                                                    FELICES FIESTAS 

viernes, 15 de diciembre de 2017

Caso real: Un atestado defectuoso y errores de procedimiento por parte de la Guardia Civil, nos permitieron obtener un resultado positivo en un pleito.

Lo manifestado en el enunciado de la publicación, es justamente lo que le ocurrió a una persona defendida por uno de nuestros letrados. En el atestado policial, integrante de los Autos judiciales constaba cómo, esta persona, voluntariamente acompañó a la Guardia Civil a sus dependencias para declarar en calidad de testigo. Vaya por delante que hasta aquí no era preceptiva la intervención de abogado. 

Sin embargo, la declaración lleva, al hasta ahora testigo, a revelar involuntariamente la existencia de unos supuestos hechos delictivos, diferentes a los que se estaban enjuiciando, cometidos por él y un amigo. En concreto, un robo con violencia en casa habitada. Ante esta situación, los Agentes comienzan a presionarle para que siga declarando, de modo que lo que en principio era una declaración en calidad de testigo, acaba siendo una verdadera declaración como investigado; el cual, acaba confesando. Y todo ello, reiteramos, sin asistencia letrada, hecho que queda acreditado en los documentos policiales con la ausencia de firma por parte de abogado. 

A mayor abundamiento, el atestado policial contenía algunas incongruencias temporales como “bailes de fechas”, y algún error más en su contenido. Para la siguiente toma de declaración, ya cuatro días después, y ahora sí, en calidad de investigado, esta persona solicita letrado de oficio, el cual resulta ser uno de los integrantes de nuestro despacho, que le aconseja no declarar. La misma línea de defensa se siguió en sede judicial. 

Finalmente llegó el día del juicio, y nuestro letrado tuvo clarísimo cuál era la mejor forma de defender a su cliente. Así, al comienzo de la sesión, en el trámite de cuestiones previas, aquel pone de manifiesto la nulidad del atestado policial por vulneración patente del artículo 24 de la Constitución Española (derecho a la defensa). Practicamente toda su intervención en sala estuvo dirigida a “eliminar” como prueba válida, la confesión de nuestro cliente en sede policial -recordemos sin abogado-, y el atestado evacuado por los agentes. Asimismo se manifestó la inexistencia de pruebas de cargo suficientes que pudieran desvirtuar su presunción de inocencia (ausencia de huellas, inexistencia de testigos directos que hubiesen observado en primera persona los hechos, etc,etc).

La estrategia de defensa resultó ser la adecuada, ya que Su Señoría resolvió con la libre absolución de nuestro cliente, y ello, basando gran parte de la Sentencia, en la vulneración por parte de la Guardia Civil del derecho a la defensa del investigado y en la nulidad de pleno derecho del atestado policial.

 Por ende, al no poderse valorar como prueba el atestado policial que contenía la confesión de nuestro cliente, y al no haber otras pruebas de peso que pudieran inculparle, la Jueza decidió hacer valer la presunción de inocencia de nuestro defendido, por encima de cualquier elemento inculpatorio.

Esta Sentencia es un claro ejemplo de que muchas veces un pleito se puede ganar más por la forma que por el fondo; y ello más allá de que esta persona sea culpable o no, que a día de hoy, sólo lo sabemos nosotros, y así seguirá siendo, ya que nos debemos al secreto profesional.

No dude en contactarnos, la minuciosidad de nuestro trabajo es una de las señas de identidad.....



martes, 5 de diciembre de 2017

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