viernes, 28 de diciembre de 2012

Rajoy no promoverá una Ley de Huelga

En la última época, con las huelgas acontecidas en el ámbito de la sanidad, los transportes, o la recogida de basura, se ha reavivado el rumor, de que el Gobierno Español estaba madurando la idea de promover, por fin, una Ley sobre el derecho a la huelga. Para entender un poco mejor el contexto en el que nos vamos a mover, es necesario determinar cómo y dónde está regulado este derecho.
 
La Constitución Española reconoce en su art. 28.2 el derecho de huelga como un derecho fundamental, en los siguientes términos: “Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

El desarrollo de este precepto, dado el carácter fundamental del derecho que reconoce, debiera haberse producido por Ley Orgánica. Esta Ley, sin embargo, después de veinte años de vigencia constitucional, no ha llegado a confeccionarse -es la última gran Ley constitucional pendiente- y la regulación de la huelga en nuestro derecho se contiene en una norma anterior a la Constitución, el Real Decreto Ley y de Relaciones de Trabajo de 4 de marzo de 1977. Esta norma fue objeto, en su día, de un Recurso de inconstitucionalidad, que desembocó en la Sentencia 11/1981, de 8 de abril del Tribunal Constitucional, Sentencia interpretativa que salvó, en general, la constitucionalidad de la misma pero vinculó la interpretación de muchos de sus preceptos. Por lo tanto, lo dispuesto sobre la huelga en el Real Decreto Ley aludido, debe interpretarse siempre teniendo en cuenta la Sentencia antedicha, así como otras posteriores que lo complementan.
 
Ante este escenario jurídico, hay un sector de la población, que viene reclamando, desde hace ya algún tiempo, una regulación por Ley del derecho a la huelga, toda vez que considera insuficiente la previsión actual que contiene nuestro ordenamiento jurídico. Especialmente, preocupante es la falta de límites -temporales y formales- del derecho a la huelga; y estos justamente son los puntos donde debería incidir una futura Ley. Otro sector de la ciudadanía, donde parece encontrarse nuestro Presidente actual, Mariano Rajoy, considera que el derecho es interpretativo, y como tal, la regulación actual es más que suficiente, puesto que en caso de dudas sobre este derecho, siempre se puede acudir para completarlo, a las sentencias de los tribunales de justicia, a los principios generales del derecho y aquellas normas sectoriales que en parte, limitan su uso.
 
Durante su comparecencia para hacer balance del año 2012, Rajoy ha afirmado que no está en las previsiones del Ejecutivo afrontar una regulación del derecho a la huelga. Sobre ello, el presidente se ha limitado a decir que hay una sentencia del Tribunal Constitucional de 1981 "que especifica muy bien todo" lo referido al ejercicio al derecho a huelga.





 
 
 

miércoles, 19 de diciembre de 2012

¡¡¡¡FELICES FIESTAS!!!


Nuestro despacho quiere desear a todos nuestros colaboradores, seguidores y clientes…
                                                    ¡¡¡¡¡¡FELIZ NAVIDAD!!!!!
A la vez, aprovechamos para anunciaros que durante las navidades seguiremos prestando nuestros servicios con total normalidad, tanto presencial como interactivamente. De la misma forma, seguiremos actualizando nuestro blog cada semana, informándoles de noticias de actualidad, y publicando, como hasta ahora, artículos de interés relacionados con el mundo del Derecho.
Un cordial saludo de todos nuestros abogados. ¡¡¡Felices Fiestas!!!

viernes, 14 de diciembre de 2012

¿Y quién controla a la Administración Pública??


La Administración Pública  puede definirse como: “El conjunto de entes y órganos integrados en el poder ejecutivo del Estado (Gobierno), pero independientes políticamente de él, que sirven con objetividad y neutralidad a los intereses generales”. El artículo 103 de la Constitución española establece una serie de principios que le son de aplicación: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. Estos principios tienden a limitar y a controlar el funcionamiento de la Administración Pública. Es curioso, pero si hiciéramos un sondeo entre los ciudadanos, preguntándoles si estos principios son respetados o no, parece más que evidente que la respuesta mayoritaria sería el “NO”.
Pero la Administración Pública, como es lógico, no sólo tiene límites, también tiene derechos, o en su caso, precisando más, “potestades”. Definamos este concepto: “Potestad es aquella situación de poder que habilita a si titular (en este caso la Administración) para imponer conductas a terceros, mediante la constitución, modificación o extinción de relaciones jurídicas, o mediante la modificación del estado natural de las cosas existentes”, estando todo ello conferido por el ordenamiento jurídico. La perfección sólo se alcanzaría, si hubiese un completa armonía entre las potestades y los límites, que a la Administración Pública, le son de aplicación. Sin embargo, en la práctica, este equilibrio  nunca ha existido, y la tendencia no vaticina que esto vaya a cambiar; al contrario, la situación puede empeorar.
Hasta ahora, las instancias Judiciales del Estado, eran las encargadas de controlar la actividad e inactividad de la administración, de tal forma, que si un ciudadano veía vulnerados sus derechos por parte de los poderes públicos, podía acudir a los Tribunales para que estos analizaran, y en su caso, corrigieran, la legalidad perturbada. Sin embargo, si finalmente se llegasen a aplicar las “tasas judiciales” promovidas por el Gobierno Español, serían muy pocas las personas que acudirían a la Justicia para lograr su amparo, toda vez, que les podría resultar menos económico adentrarse en un proceso judicial, que conformarse con el mal causado por la administración. Para mayor abundamiento, habría que recordar que esta última quedará exenta del pago de tasas judiciales.
Y es que si reflexionamos sobre esto, llegamos a una conclusión, si el poder judicial era la instancia que limitaba a la administración pública a través de sus sentencias, y ahora el acceso a la Justicia está restringido, ¿quién pone freno a las actuaciones antijurídicas de aquella?
Y es que hay ámbitos, donde el atropello a los ciudadanos por parte de los poderes públicos, es sistemático. Hablamos, por ejemplo, de los procedimientos sancionadores en materia de Tráfico; en ellos, se incumplen de manera habitual, requisitos legales tales como los dos intentos de notificación, la audiencia del interesado o la motivación de las resoluciones, y donde no se respeta para nada la Jurisprudencia existente.
Ante este escenario, si las potestades de la Administración Pública son superiores a sus límites, y el Gobierno no facilita a los ciudadanos condiciones para poder salvaguardar sus derechos, ¿QUIÉN CONTROLA A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?
                                                                          Javier Sainz-Ezquerra Méndez. Abogado ejerciente

viernes, 7 de diciembre de 2012

¿Qué es la Justicia?


La Justicia es un concepto que proviene del latínIustitia”. Podemos definirla como la concepción que cada época, civilización, cultura, país, pueblo o individuo tienen de su ordenamiento jurídico, y todas las normas en sentido amplio que de él emanan. Así, este marco normativo restringe la actividad de individuos e instituciones, autorizando, prohibiendo o delimitando las acciones (y también omisiones) de estos.
Ulpiano, grandísimo jurista romano, nacido en Tiro, aproximadamente en 172 d.C. y muerto en Roma en torno al 223 d.C., y que está considerado uno de los más grandes jurisconsultos de la historia del Derecho, calificaba la justicia como la constante y perpetua voluntad de dar (conceder), a cada uno su derecho". Los derechos son: "honeste vivere, alterun non laedere et suum quique tribuere"... "vive honestamente, no hagas daño a nadie y da a cada uno lo suyo".
 
La Justicia, desde tiempo atrás, ha tenido como objetivo primordial, mantener el orden entre los individuos que conforman una pluralidad. En muchas ocasiones, ha ido de la mano de la religión, pues el derecho era insuficiente para salvaguardarla, teniendo que buscar en el ámbito eclesiástico su punto de equilibrio. Sin embargo, en la actualidad, especialmente en los países más desarrollados, iglesia y derecho, aun teniendo muchos valores coincidentes dirigidos a alcanzar la Justicia, ya no transitan juntos.
No obstante, la Justicia es un término más que subjetivo, pues el instrumento utilizado para alcanzarla, el derecho, no siempre es justo. Y este hecho, siempre ha sido así, por poner un ejemplo; en la Edad Antigua era más que usual la esclavitud, incluso en la Roma clásica estaba reconocida por el derecho, y sin embargo, ¿era justa?...evidentemente ningún tipo de esclavitud es justa.
 
Y es que los países están en constante evolución, llevando a cabo continuos intentos de unir Derecho y Justicia; por ejemplo, en las últimas semanas, hemos vivido como el Gobierno español ha reformado la Ley Hipotecaria, en un intento de evitar los llamados “desahucios injustos”; asunto éste, que ha sido tocado por este despacho en el artículo “Stop a los desahucios” publicado el 16 de noviembre. Sin embargo, la justicia que se ha ganado por un lado, se ha perdido por otro. De este modo, no parece justo que se cobren tasas judiciales a todo aquel que quiera tener acceso a los Tribunales. Este tema también ha sido abordado en la publicación de 27 de noviembre “Las Tasas judiciales, un problema para todos”.
 
Y es que, llegados a este punto, la pregunta es, ¿podremos alcanzar alguna vez la Justicia absoluta?, o estaremos ante el famoso dicho de la manta, “si te tapas la cabeza, te destapas los pies y viceversa”.
 
En nuestra opinión, la Justicia es una creación humana, y como toda creación humana, es imperfecta.



 

martes, 27 de noviembre de 2012

La implantación de las "Tasas Judiciales"; un problema para todos.


    La implantación de las tasas judiciales, por parte del Gobierno español, supone un problema que nos afectará a todos. Y es que esta medida, no sólo parece inadecuada para solucionar el colapso de la justicia, sino que además consideramos que va a conllevar una mayor desigualdad social, toda vez que unas personas, podrán tener acceso a la justicia, y otras no, todo dependiendo de su capacidad económica.
 
Sin duda alguna, se va a crear un "efecto dominó" que; en primer lugar, afectará a todos los ciudadanos, pero a raíz de ello, también a todos los profesionales del ámbito de la justicia.
 
La periodista Victoria Prego, explica muy bien el problema en un artículo publicado en el periódico "El Mundo". El mismo se trascribe a continuación:
 
"El español es de siempre pendenciero y, ahora que la modernidad ha suavizado y ablandado casi todo, se ha vuelto litigioso, que es la manera de intentar darle una soberana paliza al contrincante sin tener que liarse a puñetazos ni destrozarse las manos.
Por pelearse nunca ha habido que pagar, siempre ha salido gratis en primera instancia, pero por engancharse ante un juez hay que llamar a un abogado, y eso ya costaba un dinero. Pero ahora va a costar más, mucho más.
El problema que el Gobierno dice que intenta resolver es uno, pero da toda la impresión de que en realidad son dos. Dice que se trata de disuadir al ciudadano de que acuda a los tribunales cada vez que tiene un conflicto, por mínimo que sea. Por eso impone unas tasas judiciales que se incrementan según se recurre a las distintas instancias. Y esa música no suena mal porque, efectivamente, somos el país de Europa que más pleitos tiene, lo cual resulta extraordinariamente costoso para el Estado. Lo que suena mal es la letra.
El sistema judicial en sí es carísimo de mantener y a veces resulta inaudita y escandalosa la relación entre lo irrelevante del objeto del litigio con el coste brutal que ha supuesto para la Administración atender a esa demanda. En eso el Gobierno está puesto en razón. Pero la letra, es decir, la cuantía de las tasas aprobadas es desmesurada y lo es mucho más para los particulares que, sin duda, se van a retraer de acudir a los tribunales.
El problema y el riesgo para nuestro estado de Derecho, donde está garantizada la tutela judicial efectiva, es que el ciudadano indefenso se retraiga tanto, tanto, que esa garantía de tutela judicial acabe quedando rota.
Y algo más, que convierte en aún más peligroso lo anterior: la casi seguridad de que sólo quien tenga suficiente dinero podrá pedir el amparo de la Justicia. Lo cual lleva, inevitablemente, a dibujar un escenario que, aunque se califique de demagógico, se va a cumplir si las cosas no se modifican: que la Justicia sea para ricos y también para pobres, pero no para quienes no son ni lo uno ni lo otro. Es decir, para los de siempre, los de en medio.
Está bien que quien utilice la Justicia pague un coste de más, de modo que quienes no lo hagan carguen menos sobre sus bolsillos la altísima factura del sistema. Pero está muy mal que las tasas aprobadas resulten ser tan desproporcionadas que hagan pagar lo mismo a un particular que a una empresa del Ibex. No sólo son tasas disuasorias, como dice el Gobierno: pueden llegar a ser excluyentes. Y ahí es donde va a entrar, con toda seguridad, el Tribunal Constitucional porque van a ser muchos los sectores que sumarán sus esfuerzos para que su protesta se traduzca en un recurso ante el TC.
La Administración, que está exenta del pago de tasas, es la gran deudora de este país, la morosa por antonomasia. Sería interesante calcular cuántos millones se va a ahorrar por el rápido truco de que sus pequeños acreedores van a renunciar desde el principio a litigar contra ella. Eso sin contar los millones que se va a embolsar a cuenta de esas tasas. Y éste es el segundo problema que el Gobierno intenta resolver: engordar la caja."

jueves, 22 de noviembre de 2012

A exposición pública el Plan General de Ordenación de Santiago del Teide

      El documento de Avance y el informe de sostenibilidad de la revisión del Plan General de Ordenación de Santiago del Teide (adaptación a las Directrices de Ordenación de Canarias) está en trámite de participación ciudadana hasta el día 30 de enero de 2013, a los efectos de que por cualquier interesado se presenten sugerencias o reclamaciones.
Les recordamos que nuestro despacho prepara escritos de alegaciones, sugerencias y reclamaciones contra los planes, urbanísticos y territoriales, por lo que, en caso de estar interesado, le invitamos a ponerse en contacto con nosotros.
 
 
Correo electrónico:  info@moronsainz-ezquerraabogados.com
 
Teléfonos 922286200 (tardes)/659192264 (mañanas y tardes). En el caso de que nos llame y no consiga hablar con nosotros le devolveremos la llamada lo antes posible.

Fax: 922286200

viernes, 16 de noviembre de 2012

"STOP" a los desahucios...


   Desde hace ya algún tiempo se venía especulando sobre la necesidad de alterar la legislación que afecta a los desahucios; y es que como es sabido, primero es el hombre y luego la Ley.
La situación de crisis que vive toda Europa, y en especial algunos paises, entre los que se encuentra España, ha terminado por "sensibilizar" a los políticos. Uno de esos ámbitos donde la situación se estaba volviendo insostenible era el hipotecario; concretamente, los procesos de ejecución hipotecaria. A día de hoy, muchas voces apuntaban a la necesidad de "individualizar" las consecuencias de los incumplimientos hipotecarios. Y es que cada situación es un mundo, cada persona que ha adquirido una hipoteca lo ha hecho en una coyuntura diferente, y por lo tanto, las consecuencias del impago tampoco deberían ser las mismas en todos los casos.
Es obvio que hay personas, familias que han actuado con responsabilidad, y únicamente la mala suerte o circunstancias  sobrevenidas, complicadas de prever, han sido las causantes del incumplimiento de sus obligaciones; por contra, otras personas han hecho un alarde de irresponsabilidad, lanzándose a una aventura hipotecaria sin tener medios presentes ni futuros con los que hacer frente a la misma. Idénticamente ocurre con los bancos; unos han actuado con diligencia y otros sin embargo, con una grave falta de cordura y de tacto para con sus clientes, a los cuales no se les ha informado de forma eficaz y suficiente del contrato que estaban dispuestos a celebrar. Y es que llegados a este punto, no se le puede echar la culpa a nadie en concreto, la responsabilidad es del sistema en su conjunto. Y de ahí que fuere practicamente ineludible un cambio de legislación. 

Hoy entra en vigor el Real Decreto que paraliza los desahucios durante dos años; este R.Decreto trata de flexibilizar, racionalizar e individualizar al caso concreto los procesos de ejecución hipotecaria, persiguiendo con ello, una mayor protección para las personas más desfavorecidas. Por lo tanto, nos encontramos ante una una nueva Legislación, que trata de otorgarle, al ámbito hipotecario, una dimensión más social y humana.
 
A continuación le mostramos un artículo periodístico que nos ha parecido de gran interés. Accede a la noticia pulsando aquí